Este trámite se debe realizar cuando se quiera ejecutar una obra nueva con destino a vivienda unifamiliar (una sola unidad funcional), previamente a iniciar cualquier tipo de actividad de naturaleza constructiva.
Plano de mensura aprobado: en caso el caso de poseer un terreno que haya sufrido una subdivisión o unificación de parcelas se deberá tramitar primero el trámite de Visado de Planos de Mensura (requisito del trámite de referencias parcelarias)
Escritura (requisito del trámite de referencias parcelarias)
Tener un Permiso de demolición aprobado. De lo contrario se puede tramitar directamente por medio de este mismo trámite, subiendo el plano de demolición en formato PDF.
Plano de antecedentes (último plano de obra aprobado en la parcela) aprobado por plataforma que se obtiene a través del trámite de Solicitud de Copia de Plano o certificado físicamente por la Dirección de Planeamiento Urbano y escaneado a PDF.
Datos catastrales de la parcela (N° de cuenta del lote, circunscripción, sección, manzana, fracción, parcela)
DNI, LC, LE (debe coincidir con el de la persona que figura en la escritura como propietario)
Conformidad de los copropietarios (si la propiedad se encuentra bajo el régimen de propiedad horizontal)
El trámite debe ser iniciado siempre por el propietario de la parcela. Una vez iniciado el trámite con el usuario del propietario, existe la posibilidad de designar a otro usuario como gestor para que continúe la tramitación. Para más información, consultar el Manual de Usuario que se encuentra al inicio de la plataforma digital de la Dirección de Planeamiento Urbano
Cuando se verifique que el proyecto se adecúe al Código de Ordenamiento Urbano, se enviará el Certificado Urbanístico aprobado y se solicitará al vecino presentarse en la Dirección de Planeamiento Urbano (Juan Bautista Alberdi 4840, 3°) con la documentación impresa. Juan Bautista Alberdi 4840, 3° piso
Enviar documentación adicional: cálculo estructural, plano y contrato profesional visados por el Colegio Profesional.
Pagar los derechos de construcción, el vallado de obra (si supera la línea municipal) y la plusvalía urbana, cuando se requiera.
Cuando se verifique que el proyecto se adecúe al Código de Edificación, se otorgará el permiso de obra nueva que habilita su inicio, y se deberá concurrir a la municipalidad con el plano aprobado impreso y dos copias para su certificación por la Dirección de Planeamiento Urbano.
Observaciones importantes
Cuando el proyecto esté aprobado, se generará un registro digital de obra nueva aprobado, que tendrá adjunto el Plano de Obra Nueva Aprobado final. A partir de este momento, la obra puede iniciarse.
Si el proyecto sufre modificaciones, sustancialmente diferentes al Plano Aprobado final que figura en el registro digital, deberá realizarse un trámite de Plano Conforme a Obra
Por último, una vez finalizada la obra, se deberá realizar un trámite de Final de Obra
Todos los trámites relacionados (el permiso de obra, el permiso de demolición, el visado de planos de mensura, la solicitud de copia de plano, las referencias parcelarias, y eventualmente el plano conforme a obra y el final de obra) deben ser realizados por el mismo usuario en la plataforma.